Un lector de Los Ángeles me escribe para solicitarme un comentario acerca del “Código 1031 del IRS”, y coincidentemente en una reunión, en Miami, me han formulado el mismo pedido. Accediendo a ambas solicitudes escribo la columna de hoy.
Qué es: las tres condiciones
El Código 1031 del Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos permite que el pago de impuestos vinculado a ganancias de capital logradas en transacciones de venta e intercambio de bienes inmuebles pueda ser diferido.
La técnica a emplear, aunque aparentemente compleja, es relativamente sencilla y fácil de aplicar si son observadas las condiciones exigidas.
La primera condición radica en la similitud de las propiedades a intercambiar. Es decir, para poder realizar felizmente un intercambio de propiedades inmobiliarias, las propiedades envueltas en la transacción necesariamente deben ser similares y deben tener la misma naturaleza o carácter de uso.
La segunda condición es que el vendedor reinvierta el producto total de la venta en otra propiedad raíz de igual carácter. Además, que si existe préstamo sea de igual o mayor cantidad que el de la propiedad cedida en intercambio. Y finalmente, que el que vende no esté en control del producto de la venta hasta el momento exacto de entrar en título en la propiedad que adquiera, como resultado del intercambio.
La tercera condición consiste en que las propiedades que se intercambian deben estar en territorio de Estados Unidos.
Un recurso maravilloso
El intercambio no necesariamente tiene que ser realizado en forma simultanea. El código 1031 del Servicio de Rentas Internas permite que se considere el cambio de propiedades similares, aún después que el vendedor haya transferido los derechos de propiedad al nuevo dueño, si son debidamente cumplidos los requisitos de identificación (45 días) y reemplazo (180 días).
Otra ventaja es que el vendedor puede identificar hasta tres propiedades para seleccionar entre ellas una para su intercambio. O bien puede identificar cualquier número de propiedades siempre y cuando el valor conjunto de las mismas no sobrepase el 200% del valor de la propiedad que se intercambia.
El intercambio de propiedades inmobiliarias, utilizando el código 1031 del Servicio de Rentas Internas, es sin dudas un recurso maravilloso para el incremento del inventario y el mejoramiento de la calidad de las propiedades de todo inversionista.
Eso sí, para evitar disgustos, desastres y sinsabores, asegúrese de que quienes lo asistan en la transacción (intermediarios, contadores, abogados y agentes de bienes raíces), sean profesionales que tengan conocimiento pleno de esta actividad. Esta debe ser planeada, estructurada y presentada de forma nítida, exacta y perfecta para que funcione.