En una transacción de Bienes Raíces el contrato que la describe será la base, guía y destino de la misma. No importa qué se haya dicho ni cuáles hayan sido los términos acordados si no están reflejados y aceptados, por escrito, por las partes implicadas.
El contrato condiciona, dirige, obliga, excluye, fuerza y demanda los términos contenidos en él. De ahí la importancia de un contrato bien escrito.
Un contrato bien escrito debe, ante todo, tener bien claros los nombres de las partes participantes. El vendedor deberá figurar con el nombre que inscribió la compra en su momento y el comprador con el nombre, tal cual quiere, se inscriba la propiedad, en el registro civil, una vez cerrada la transacción.
La descripción legal de la propiedad es otro aspecto de suma importancia. La misma define el lugar exacto en que se encuentra situado el inmueble. La dirección física de la propiedad raíz debe ser cuidadosamente reflejada. Así como también debe reflejarse el número de folio conque aparece inscripta la propiedad en el registro público.
El precio acordado para la transacción debe ser destacado y claramente escrito; así como los dineros que serán depositados y la institución o persona que los retendrá y la forma en que los mismos serán mantenidos y aplicados.
Los términos financieros deben explicarse en detalles. Nada debe quedar entredicho o sobreentendido.
La fecha en que se proyecta cerrar la transacción debe quedar especificada. Los aspectos técnicos concernientes al cierre, tales como prorrateos, límite de reparaciones, inspecciones, evidencia de título, gastos, pólizas de seguro y demás, deben quedar bien aclarados.
Las condiciones en que se compra una propiedad, pueden convertirse en uno de los elementos más problemáticos en una transacción de bienes inmuebles, si no han sido especificados claramente estos términos:
1. Quién ha de hacer las inspecciones.
2.Quién pagará por ellas.
3. Quién se responsabilizará con las reparaciones, de ser necesario hacer alguna.
De vital importancia resulta también que las firmas de todas aquellas personas envueltas en la transacción aparezcan en el contrato. Así como todo cambio realizado, en el contrato original de compra-venta, debe estar debidamente aceptado, fechado y firmado por todos los participantes.
Existen varias formas de contrato para efectuar una transacción de compra-venta en bienes raíces. Los abogados tienen la suya. Existen las versiones de las Asociaciones Locales de Agentes de Bienes Raíces y las que ofrecen las Comisiones de Agentes de Bienes Raíces de los diferente Estados de la Nación.
Todos contratos válidos y efectivos.
Ahora bien, recuerde que contratar los servicios de un abogado, especializado en bienes raíces, será siempre una inversión justificada en toda transacción de propiedades inmuebles y nadie estará más capacitado para analizar, enmendar o aprobar un contrato que aquel que conoce y sabe interpretar las leyes.